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Premio Garrote

ESPAÑA - Audiencia Provincial de Sevilla - Hombre acusado de violar a su esposa no es culpable porque ella no opuso resistencia física y aunque era indeseado no puede decirse que no fue consentido

LA CUARTA SECCIÓN DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA DETERMINÓ QUE EL ACUSADO, EX-ESPOSO DE LA VÍCTIMA, NO ERA CULPABLE DEL DELITO DE VIOLACIÓN PORQUE LOS ACTOS SEXUALES, ASÍ FUERAN INDESEADOS, FUERON CONSENTIDOS PORQUE ÉL NO TUVO QUE USAR VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN Y ELLA NO PRESENTÓ RESISTENCIA FÍSICA. SE COMPROBÓ QUE ELLA LE PERMITIÓ TENER RELACIONES SEXUALES PARA CALMARLO PUES ÉL YA LA HABÍA AGREDIDO FÍSICAMENTE MINUTOS ANTES.

Caso: sentencia 430/10
Fecha: 22 Julio 2010
Jueces: Sr. José Manuel de Paúl Velasco, Sra. Margarita Barros Sansinforiano, Sr. Carlos Luis Lledó González

Un hombre, acusado de violar a su esposa dos veces en una noche recibió una sentencia reducida de 17 años a 9 meses en apelación. A pesar de que la Corte determinó que el testimonio de la víctima era creíble y de que existía una orden de restricción previa, la Corte concluyó que no se consituía el delito de violación "en la medida en que tales actos sexuales fueran indeseados para la Sra. P., fueron consentidos por ella porque el sujeto activo no tuvo que usar violencia o intimidación".

La Corte afirmó que aunque aunque el acusado insultó a la víctima y la había agarrado de los brazos y el cuello, estos actos no hicieron parte de la violación sino que los hizo "para dejar marcas en la víctima para que sus amantes reales o supuestos vieran los moretones". Sostuvo que aunque la relación sexual era indeseada, debía considerarse como consentida puesto que ella no opuso resistencia y le permitió tener relaciones sexuales con ella "para calmarlo" puesto que los insultos continuaron toda la noche.

La Corte se centró en el hecho de que no había habido resitencia física por parte de la víctima y concluyó que por triste o difícil que fuera la situación para la mujer, no podía considerarse un crimen de violación. El acusado fue condenado por violencia doméstica y por lesiones contra la víctima.